Síndrome de apnea y enfermedades neurológicas impedirán renovar el permiso de conducción
Real Decreto 1055/2015 del 20 de noviembre modifica ligeramente las aptitudes psicofísicas para la obtención y renovación del carnet de conducir citadas en el Reglamento General de Conductores. Se cita síndrome de apnea obstructiva del sueño y las enfermedades neurológicas.
En estos casos necesitaremos un estudio de sueño o un informe de neurólogo para poder obtener o renovar el permiso de conducir.
Según la modificación que puedes descargar de aquí se introducen 4 cambios que afectan a la obtención y prorroga del permiso de conducir.
- Síndrome de apnea obstructiva del sueño. Se clasifica como moderada si el indice es entre 15 y 29, superior a 30 se considera grave. Estos indices de somnolencia se diagnostican mediante un estudio de sueño. Con un tratamiento y seguimiento de la enfermedad adecuando para los permisos del grupo 1 (motos y turismos) se puede renovar por 3 años. Para los permisos de grupo 2 (camión, autobús...) se puede renovar por 1 año.
- Enfermedades del Sistema Nervioso Central y enfermedades neuromusculares. El conductor no puede tener enfermedades que afecten a nuestras facultades motoras, cognitivas, coordinación, temblores... etc. Para los permisos del grupo 1 (B, A, AM...) teniendo un informe del neurólogo podemos renovar o obtener el carnet por 5 años como máximo. Para permisos C, D y similares no se admiten estas enfermedades.
- Enfermedad cerebrovascular (Falta de aporte sanguíneo a una parte del cerebro, de forma transitoria). No podrán renovar el permiso de conducir la gente que haya tenido accidentes isquémicos transitorios hasta pasados los 6 meses. Pasado ese tiempo con un informe del neurólogo podemos obtener o renovar el carnet por 5 años como máximo en el caso de A, B, AM... y 1 años como máximo para C, D, D+E y similares. En el caso infartos o hemorragias cerebrales tendremos que esperar hasta 12 meses y vigilar las posibles secuelas.
En el enlace de arriba puedes encontrar la fuente original de BOE y leer todo con más detalle. Cabe destacar que anteriormente hemos descrito brevemente enfermedades que afectan a la obtención y renovación de permisos de conducir. Lo puedes encontrar aquí.